Ley de Emergencia Sanitaria prohíbe que servicios básicos sean suspendidos durante su vigencia. Freddy Mamani, Presidente de la Cámara de Diputados, señaló que dicha medida busca el beneficio de los bolivianos.
El Artículo 24 de la Ley establece que durante la vigencia de la emergencia sanitaria no podrán ser suspendidos la atención de los servicios de salud, servicios básicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, telecomunicaciones, telefonía móvil y fija, así como los servicios de internet.
Mamani informó que el Consejo Nacional Estratégico para las Emergencias Sanitarias, es la instancia responsable de coordinar con los gobiernos subnacionales para que se coordinen todo lo determinado en la norma.