Organizaciones Políticas y el Instructivo 047/2021 emitido por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), establece que los partidos políticos y agrupaciones ciudadanos tienen hasta el 31 de diciembre de la presente gestión para adecuar sus estatutos orgánicos y otros documentos constitutivos, incluyendo el régimen de despatriarcalización y la transversalización del enfoque de género en los mismos.
Esta adecuación debe garantizar el cumplimiento del enfoque y criterio de paridad en la vida orgánica de las organizaciones políticas y en la conformación de estructuras orgánicas, dirigencias y definición de candidaturas, como el ejercicio igualitario de los Derechos Políticos para la superación de las relaciones de poder, y el ejercicio de las relaciones de complementariedad entre mujeres y hombres en las organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, para la profundización de la democracia intercultural, tal como se establece en el artículo 3 de la Ley N° 1096.
Igualmente, resulta imprescindible que los estatutos orgánicos también incorporen mecanismos internos de prevención, atención de denuncias y sanción de actos de acoso y violencia política hacia las mujeres, acciones necesarias para materializar la democracia paritaria sin reducirla a porcentajes, que se constituye en un nuevo horizonte en nuestro país.