Este 18 de febrero, la Defensoría del Pueblo expresa su preocupación que organizaciones sociales y grupos dedicados a la minería, no puedan acceder a información oportuna y transparente, la Constitución Política del Estado determina que “todos los recursos minerales son de dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano y deben ser administrados por el Estado”; que “las áreas protegidas son patrimonio del Estado y de interés público y social”.
Si bien es necesaria la coordinación con sectores sociales para una eficiente labor por parte de las instituciones estatales, el control técnico y ambiental de las actividades mineras no debe estar sujeto a condicionamientos o restricciones para hacerse efectivo. La Defensoría del Pueblo exhorta a las autoridades del Ministerio de Minería y la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), transparentar la información concerniente a los derechos mineros pre-constituidos dentro del Parque Nacional y Área Natural de Manejo Integrado Madidi y el estado de tramitación de su adecuación.
En el marco del cumplimiento del Acuerdo de Escazú, estas mismas autoridades deben transparentar la información acerca del avance y cumplimiento de los planes de trabajo en las actividades mineras preconstituidas.
Se insta a las autoridades ambientales competentes y al Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP), brindar información sobre los mecanismos de control ambiental periódicos efectivamente implementados, que son aplicados para garantizar el cumplimiento de los planes de manejo de los Parques Nacionales y áreas protegidas sensibles a las actividades humanas, especialmente respecto al Parque Madidi.