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Contribuyentes deben emitir Documentos Fiscales en Línea en todos sus establecimientos

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Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) recuerda que a partir del 1 de marzo de 2022 deben emitir Documentos Fiscales a través de la modalidad de Facturación en Línea asignada, los contribuyentes clasificados mediante las Resoluciones Normativas de Directorio (RND) Nº 102100000012 y Nº 102100000013, de 11 y 27 de agosto del año pasado.

El 1 de diciembre de 2021, 47.869 contribuyentes migraron a la Facturación en Línea; de los cuales, 47.698 pertenecen a la modalidad de facturación Portal Web en Línea; 8, a la Computarizada en Línea; y 163, en la Electrónica en Línea. El SIN controlará la emisión de Documentos Fiscales en Línea y aplicará multas por incumplimiento de deberes formales, de acuerdo con lo dispuesto en la norma tributaria.

 

A partir del 1 de marzo de 2022 esos contribuyentes no podrán dosificar ni emitir Documentos Fiscales en las modalidades de facturación Computarizada SFV o Manual, debiendo usar únicamente la modalidad de Facturación en Línea asignada.

 

Este Sistema de Facturación en Línea comenzó a implementarse con tres nuevas modalidades: Electrónica en Línea, Computarizada en Línea y Portal Web en Línea.

 

 

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