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Usuarios de Telefónicas tendrán el control de internet y saldo acumulado

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Empresas telefónicas deberán tener el “consentimiento expreso” del usuario para utilizar el saldo o crédito disponible en las modalidades pre-pago y post-pago del servicio de internet, además, los datos no consumidos se deberá acumular mínimamente por dos meses, según el decreto 4669.

Usuarios de Telefónicas tendrán el control de internet y saldo acumulado
Usuarios de Telefónicas tendrán el control de internet y saldo acumulado

Esta norma modifica parte del Reglamento General de la Ley N°164, de la Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación para el Sector de Telecomunicaciones.

Por otra parte, se establece que, “cuando no se cuente con un volumen de datos adquirido o asignado o su vigencia haya expirado o una vez que el total de volumen de datos sea consumido, el operador o proveedor del servicio no podrá utilizar el saldo o crédito disponible sin consentimiento del usuario”.

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