Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), remitió a la Sala Penal Cuarta de La Paz, la decisión en el caso EBA, si a la ex Presidenta Jeanine Áñez le corresponde el juicio de responsabilidades o proceso ordinario.
Para atender el requerimiento de la defensa de la ex mandataria, la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz interpuso una acción de inconstitucionalidad del artículo 2, parágrafo I, de la Ley 044, de juicio de responsabilidades, promulgada el 8 de octubre de 2010.
“Esta ley regula la sustanciación y formas de resolución de los juicios por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones contra la Presidenta o Presidente y/o la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado Plurinacional y los miembros del Tribunal Constitucional Plurinacional, del Tribunal Supremo de Justicia, del Tribunal Agroambiental, del Consejo de la Magistratura y del Ministerio Público”, indica la norma.
Es así que según el Ministerio de Justicia, el TCP consideró que “las autoridades que promueven la acción normativa (de inconstitucionalidad concreta)” tienen la labor exclusiva de “interpretar la legalidad ordinaria y establecer a quién ampara la norma cuestionada”.