El Tribunal de Sentencia Penal 1 de Trinidad emitió sentencia condenatoria contra Carlos Denis Durán Flores con 4 años de reclusión en el Centro de Rehabilitación de varones de Mocoví por el delito de avasallamiento.
El delito de avasallamiento está establecido en el Art. 351 bis del Código Penal. El Ministerio Público actuó bajo la aplicación de la Ley N. 477 de 30 de diciembre de 2013 “Ley contra el avasallamiento y tráfico de tierras”.
Luz Marina Fernández Herrera fue condenada por un año de privación de libertad por delito de resistencia a la autoridad.
María Laida Pardo viuda de Vaca demostró, durante el proceso, ser la única propietaria de los muebles avasallados.