Ministerio de Trabajo emitió el Comunicado 018/2022 en el que avisa a las empresas y establecimientos laborales privadas su obligación de reportar en sus planillas de mayo de 2022 la cantidad de trabajadores que sean personas con discapacidad.
La disposición se basa en el parágrafo II del artículo 2 de la Ley 977 del 26 de septiembre de 2017, reglamentado por el artículo 3 del Decreto Supremo 3437. En ellas establece que las empresas del sector privado que cuenten con 50 o más trabajadores, tienen la obligación de insertar laboralmente a personas con discapacidad.
Yecid Mollinedo, Director de Trabajo, explicó que los establecimientos privados deben informar a la Oficina Virtual de Trámites del Ministerio de Trabajo, sobre la inserción laboral de personal con discapacidad en sus planillas mensuales de sueldos, salarios y accidentes de trabajo. En el caso de que no sea así, se verificará el incumplimiento de ellas