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ASFI ordena a entidades financieras atender casos de reprogramación de créditos

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La disposición se enmarca en la Ley de Servicios Financieros y busca brindar alivio a prestatarios afectados.

La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) instruyó a las entidades financieras del país atender y analizar las solicitudes de refinanciamiento y/o reprogramación de créditos presentadas por prestatarios afectados por factores coyunturales que han deteriorado su capacidad de pago.

La directriz fue emitida mediante la carta circular 1614/2025, fechada el 30 de mayo y firmada por la directora ejecutiva de la entidad, Ivette Espinoza. La medida busca brindar un alivio financiero en el marco de la Ley 393 de Servicios Financieros.

“Se instruye a las Entidades de Intermediación Financiera y a las Empresas de Arrendamiento Financiero, atender y analizar las solicitudes de refinanciamiento y/o reprogramación de los mencionados prestatarios”, señala el documento oficial.

La instrucción contempla que las operaciones de refinanciamiento o reprogramación podrán incluir periodos de gracia y/o prórrogas, durante los cuales el prestatario no deberá realizar pagos ni a capital ni a intereses. Además, se establece que estos mecanismos no implicarán un cambio automático en la calificación de riesgo del deudor.

La ASFI precisó que las entidades deben evaluar cada caso según las características del crédito y la situación particular del cliente, y que las solicitudes deben resolverse en un plazo no mayor a 30 días calendario, garantizando condiciones equitativas, sin discriminación y en apego a los intereses económicos de los usuarios del sistema financiero.

Finalmente, la carta advierte que será responsabilidad directa de las gerencias generales de las entidades financieras el cumplimiento de esta disposición, y que la ASFI ejercerá control y supervisión sobre su aplicación efectiva.

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