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Clínicas privadas atenderán a pacientes con Covid-19

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Vía: El Deber

El  pasado 27 de agosto, la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP),  aprobó  la  “Ley Extraordinaria 1349 para garantizar la atención y tratamiento por parte del subsector privado de Salud, durante la emergencia sanitaria producida por el coronavirus”, y ahora entra en  vigencia  desde el 1 de diciembre.

La norma tiene el  objetivo  de garantizar  la atención de manera gratuita a pacientes de que están  infectados  con  covid-19 por el  sistema  privado  que  integra el  Sistema Nacional  de Salud.

Además la ley instaura que el  Estado debe reembolsar el  costo de  los servicios de salud del subsector privado, que deberán atender obligatoriamente a todas las personas que son referidas por el hospital público para que las mismas puedan  ser tratadas  con  los protocolos  de bioseguridad.

La norma también estipula que el Ejecutivo nacional realizará el reembolso por costos de diagnóstico, atención y tratamiento que puede incluir la atención en  terapia intensiva y entre otras que sean necesarias.

Igualmente, este Subsector Privado de Salud de manera obligatoria debe dar a conocer al  Servicio  Departamental de Salud (SEDES) la situación  epidemiológica y la evolución  de la misma.

También señala que el Subsector Privado de Salud tiene la obligación de poner en conocimiento del Servicio Departamental de Salud, respectivo y del Ministerio de Salud, la situación epidemiológica y evolución de todos los casos detectados o atendidos.

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