En cuanto a las elevadas cifras de Covid-19, presentadas en el departamento de Santa Cruz, la Alcaldía cruceña decidió una serie de medidas que restringen la circulación los domingos de mayo y los horarios de lunes a sábado.
Según el Decreto Municipal 003/2021 se detalló los siguientes puntos:
- Queda prohibido la circulación de personas, vehículos, motorizados, bicicletas, durante las 24 horas del domingo 23 y 30 de mayo.
- Desde el lunes 24 de mayo, queda prohibido la circulación peatonal y todo tipo de vehículos motorizados desde las 20:00 hasta las 05:00 del día siguiente.
- La atención al público en los mercados municipales y ferias distritales de lunes a sábado deberán ser hasta las 19:00 horas, con estrictas medidas de bioseguridad, distanciamiento físico. El 23 y 30 de mayo no habrá atención.
- La atención en los supermercados de lunes a sábado será hasta las 19:00 horas. Y los días 23 y 30 de mayo no habrá atención.
- En cuanto a las entidades financieras atenderán de lunes a sábado, con el 30% de ocupación, los horarios de atención serán definidos por Decreto Municipal y la ASFI.
- Los cultos religiosos se desarrollarán de lunes a sábado hasta las 20:00 horas, con un máximo de 30% de capacidad, incluyendo las estrictas medidas de bioseguridad. El 23 y 30 de mayo no hay ninguna actividad religiosa.
- Los eventos académicos están permitidos de lunes a sábado hasta las 20:00 horas, con un máximo de 30% de capacidad en espacios cerrados y en lugares abiertos el 50%. El 23 y 30 de mayo no habrá ninguna actividad académica.
- En cuanto a los talleres infantiles, podrán trabajar de lunes a sábado hasta las 20:00 horas, con los estrictos protocolos de seguridad y un 30% máximo de capacidad. El 23 y 30 de mayo no atenderán los talleres infantiles
- Queda prohibido los eventos de carácter masivo que generen aglomeraciones de personas ya sean públicos o privados.
- Las cooperativas gremiales, transporte, de ahorro y crédito, entre otras, deberán procurar atender a los ciudadanos en sus oficinas centrales, tomando en cuenta las dimensiones y características de los espacios, garantizando todas las medidas de bioseguridad.
Por otro lado, el punto 1 y 2 cuenta con excepciones para las unidades motorizadas de los servicios esenciales, vehículos de emergencias, vehículos del Gobierno Autónomo Departamental, Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra y otras instituciones públicas que presten servicios esenciales, debidamente identificados con su credencial. También se aplica para los medios de comunicación que realizan cobertura periodística, pero deben de identificarse con su respectivo credencial.