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    Sólo SIN autoriza el Sistema de Facturación SFV

    Para emisión de facturas se debe cumplir con aspectos técnicos requeridos y autorizados por el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN).

    De acuerdo al Artículo 6 de la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102100000011 Sistema de Facturación, emitida el 11 de agosto de 2021, la modalidad de facturación Computarizada SFV tiene carácter transitorio, y comprende la modalidad de facturación computarizada dispuesta por el Sistema de Facturación Virtual (SFV).

    La Disposición Transitoria Quinta se establece que los sujetos pasivos del IVA, de la RND Nº 102100000011 del 11 de agosto del 2021, inició en campaña intensiva de información, que pasarán de manera progresiva a una modalidad de facturación en línea.

    A partir del 1 de diciembre de 2021, el Sistema de Facturación entra en vigencia en tres nuevas modalidades:

    1. Electrónica en Línea
    2. Computarizada en Línea
    3. Portal Web en Línea

    Para tomar en cuenta, se mantendrá las modalidades de facturación Manual, Prevalorada y Computarizada (SFV).

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