Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprueba Reglamento para elección extraordinaria de la máxima autoridad ejecutiva de los gobiernos autónomos departamentales, regionales o municipales. Esta norma aplica cuando la persona electa por voto popular renuncia, fallece, se encuentra en situación de inhabilidad permanente o fue destituido antes de la mitad de su mandato.
Esta normativa que ya es aplicada en la elección de alcaldes de los municipios de San Javier y La Guardia tiene por objetivo establecer la administración del proceso, la organización de la votación, las funciones jurisdiccionales, el registro de candidaturas y todos los actos necesarios para garantizar un proceso electoral trasparente.
El Reglamento precisa que para este tipo de elección se utilizará el padrón electoral de la última elección sub nacional y que el Calendario Electoral establecerá un plazo para realizar el empadronamiento únicamente a las personas que hayan cumplido 18 años al día de la elección extraordinaria y que no estén empadronadas.