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Gobierno emite medidas de prevención contra la quinta ola de Covid-19

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Ante la elevación de casos positivos en los últimos días de la COVID-19 en su quinta ola, el Consejo Nacional Estratégico para Emergencias Sanitarias reunido en la víspera, emitió la Resolución 007 que entre sus 17 artículos refuerza las medidas de bioseguridad para evitar la propagación de la enfermedad.

Ministro de Salud, anuncia nuevas medidas

Este 30 de junio, Jeyson Auza, Ministro de Salud y Deportes, afirmó que ante la preocupación de Luis Arce, Presidente de Bolivia, se ha convocado a la reunión, aglutinando 11 ministerios, con el fin de asumir medidas que buscan evitar que una quinta ola afecte significativamente a la población.

“Después de exponer la verdadera situación epidemiológica, los resultados alcanzados, las proyecciones que tenemos, se ha emitido una nueva resolución en la que se determina en 17 artículos las nuevas medidas de bioseguridad que vamos a establecer en el Estado Plurinacional de Bolivia”, manifestó Auza.

Según informes, el documento entrará en vigencia desde este 1 de julio hasta el 31 de agosto del año en curso, instruyendo principales artículos a los gobiernos subnacionales.

Auza, explicó que la medida refuerza el uso obligatorio y correcto del barbijo, el lavado frecuente de manos, uso de alcohol al 70%, evitar el uso de espacios cerrados para la realización de actividades, distanciamiento social y sobre todo la vacunación.

De igual manera recuerda al Sistema Nacional de Salud, Seguridad social de Corto Plazo que deben tener adecuados sus establecimientos de salud para áreas COVID-19, priorizando el abastecimiento de medicamentos y equipo médico.

Durante la vigencia señalada en el Artículo 1 de la presente Resolución, para evitar el incremento de contagios de la Covid-19, los gobiernos autónomos departamentales y municipales, en el marco de sus competencias y responsabilidades y de acuerdo al índice de Alerta Temprana emitido por el Ministerio de Salud y Deportes, normarán:

  1. a) Los horarios de atención en los centros comerciales, tiendas y otro tipo de establecimientos comerciales.
  2. b) La suspensión de eventos sociales y folclóricos que aglomeren personas.
  3. c) El aforo para el desarrollo de actividades deportivas, culturales y religiosas en espacios cerrados.
  4. d) El aforo en la prestación de servicios en restaurantes, bares, discotecas y otros establecimientos que realizan actividades de recreación.

“De igual manera los Gobiernos autónomos departamentales y municipales sobre todo son los responsables de la realización de pruebas de diagnóstico antígenas y de PCR en tiempo real y vacunación contra la COVID-19 de manera gratuita ya que el Gobierno ha garantizado todos los insumos necesarios en todo el territorio nacional”, adjuntó la autoridad ministerial.

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