Este 1 de julio, el Ministerio de Trabajo emitió la Resolución 731/22, estableciendo que la jornada laboral para el sector público y privado, será de ocho horas continuas, con el objetivo de contener y reducir los contagios de Covid-19, hasta el 31 de agosto.
“Las empresas, establecimientos laborales y empresas públicas sujetas a la Ley General del Trabajo, que por la naturaleza de sus funciones, no puedan suspender sus actividades, podrán aplicar turnos, respetando la jornada laboral dispuesta en el artículo 46 de la Ley General del Trabajo”, señala el artículo segundo de la Resolución Ministerial .
Yecid Mollinedo, Director General de Trabajo, informó que en esta última Resolución, para evitar los contagios de Covid-19, se ratificó el horario de ingreso y salida del sector público, dividido en grupos con intervalos de media hora de diferencia.
Mollinedo, explicó que los establecimientos laborales e instituciones del sector privado pueden adecuar sus horarios de ingreso y salida de acuerdo a la Resolución Ministerial.
Según informes, las entidades privadas deberán reportar al Ministerio de Trabajo, las modalidades de trabajo adoptadas conforme a una reglamentación específica.
Por otro lado, la Resolución también establece que los sectores público y privado tienen la obligación de cumplir con los lineamientos y protocolos de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud y Deportes.