Home Política Fallo judicial para evitar los dos tercios en la elección del Defensor

Fallo judicial para evitar los dos tercios en la elección del Defensor

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foto: vía Página Siete

Sala constitucional le da la potestad al Presidente Arce de nombrar al nuevo defensor, si el Legislativo no lo hace.

La Resolución 178/2022 emitida el 14 de julio por la Sala Constitucional Cuarta de La Paz, otorga a Luis Arce, Presidente de Bolivia, la potestad de nombrar al nuevo Defensor. El tribunal establece que bajo un criterio de “razonabilidad” la Defensoría “no puede quedar sin autoridad”.

El tribunal, en sus considerandos, conminó a David Choquehuanca, Vicepresidente de Bolivia,  a buscar consensos, alegando que la labor está siendo obstaculizada de manera repetida, excediendo ya los 70 días. Advirtiendo que de no hallarse soluciones, por un criterio de razonabilidad, debe buscarse en la coordinación de poderes, inclusive acudiendo al Ejecutivo, en las atribuciones propias establecidas en el artículo 172, numerales primero y octavo de la CPE.

foto: vía Página Siete

Este acápite (el artículo 172) se refiere a las atribuciones del presidente del Estado, el numeral primero establece como su tarea “cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes” y el octavo “dictar decretos supremos y resoluciones”.

Iván Lima, Ministro de Justicia, interpretó que “debe quedar claro en una democracia es que cuando la Asamblea no ejerce su atribución, no puede interrumpirse la labor del Estado. Según Lima, tendrá que ser otro órgano del Estado el que tome medidas de emergencia.

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