Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) emitió este 3 de enero de 2024 la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102400000001 “Reglamento para la aplicación del Artículo 18 de la Ley Nº 1546 y el Decreto Supremo Nº 5095”, que dispone Tasa Cero IVA para la venta en el mercado interno de bienes de capital y plantas industriales destinadas a los sectores agropecuario, industrial, construcción y minería.
Esta normativa alcanza a los contribuyentes que realicen la venta en el mercado interno de bienes de capital y plantas industriales, destinadas a los sectores agropecuario, industrial, construcción y minería, importados o que sean de producción nacional, en el marco del Artículo 8 de la Ley Nº 1546 y su Decreto Reglamentario.
La opción “Facturación Tasa Cero IVA Ley Nº 1546” permitirá al contribuyente la suscripción a esta modalidad de facturación, así como la adición en el Padrón Nacional de Contribuyentes, de la actividad económica “Tasa Cero IVA Ley Nº 1546”-Incentivos Tributarios para los Sectores Agropecuario, Industrial, Construcción y Minería”.
Además que las credenciales de acceso (usuario y contraseña) serán las mismas que el contribuyente utiliza para acceder al SIAT en Línea.