La normativa prevé hasta 15 años de cárcel por producción y difusión de material de abuso sexual infantil, además de sancionar el “grooming” y el contacto con fines sexuales.
La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de Ley para la Protección de la Integridad Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes en Entornos Digitales, que establece penas de 10 a 15 años de cárcel para quienes produzcan o difundan material de abuso sexual infantil, y hasta 8 años para quienes incurran en “grooming” o contacto con menores con fines sexuales mediante redes sociales u otros medios electrónicos.
La norma busca prevenir, sancionar y erradicar los delitos sexuales cometidos contra menores a través de plataformas digitales, y tipifica conductas como la producción, venta, intercambio o comercialización de contenido sexualizado infantil, así como el contacto indebido por medios digitales con fines eróticos.
Previo a su aprobación, el proyecto fue socializado con parlamentarios, periodistas y el Ministerio Público, para asegurar una ley técnicamente sólida y eficaz. Su avance representa un paso clave en la construcción de un marco legal más robusto frente a los riesgos que enfrenta la niñez en entornos virtuales.