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Sepa los alcances de la emergencia nacional por el COVID-19

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La presidente Jeanine Áñez emitió el DS 4200 que establece nuevas restricciones para evitar más propagación del coronavirus. La autoridad dijo que las medidas rigen desde el 26 de marzo hasta el 15 de abril, y dispone, entre otras cosas, el cierre total de fronteras, a excepción de cuestiones de seguridad y salud.

-Prohibición de la circulación de vehículos públicos y privados con excepción de los motorizados que trasladan personal de salud, la Policía o de las Fuerzas Armadas (FFAA).

-Solo podrá salir una persona (de entre 18 y 65 años) por familia, para comprar alimentos y otros productos de primera necesidad; únicamente, desde las 07.00 a 12.00, de acuerdo a la terminación numérica de su cédula de identidad y en días establecidos.

-Amplía la vigencia de las cédulas vencidas en noviembre de 2019 hasta junio de 2020. Los ciudadanos deben circular de acuerdo a la terminación de cédulas: lunes: 1 y 2; martes: 3 y 4; miércoles: 5 y 6; jueves: 7 y 8 ; viernes 9 y 0. No hay salidas sábado y domingo. Las terminaciones alfanuméricas deben considerar el último dígito numérico contiguo.

-Los infractores pagarán una multa de Bs 1000. En el caso de los conductores que no tengan el permiso de circulación, serán arrestados durante ocho horas, además que deberán cancelar una multa de Bs 2000. Para quienes sean hallados manejando motocicletas sin el debido permiso, deberán pagar una sanción de Bs 1500.

– Las gobernaciones y alcaldías deben dictar el auto de buen gobierno y activar las medidas de control para el cumplimiento de la cuarentena.

– El Gobierno pagará las facturas de energía eléctrica de la categoría domiciliaria que consuman hasta Bs 120 y el 50 por ciento de agua de abril, mayo y junio de 2020.

– La Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear – AETN diseñará e implementará el procedimiento para las empresas distribuidoras de electricidad del país, y la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento Básico – AAPS, diseñará e implementará el procedimiento, según corresponda.

– Se otorgará una Canasta Familiar a los hogares bolivianos  de todo el país con menores ingresos. El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía reglamentarán este caso.

– En el marco de la emergencia sanitaria nacional y cuarentena total, las alcaldías y gobernaciones deberán
ejercer la rectoría en salud en sus jurisdicciones.  En caso de incumplir los Servicios Departamentales de Salud
SEDES de manera excepcional y temporal pasarán a dependencia técnica, administrativa y de gestión, al Ministerio de Salud y las autoridades procesadas.

-Las personas que incumplan lo dispuesto por el presente Decreto Supremo, serán sujeto de arresto de ocho (8) horas más la imposición de una multa pecuniaria por el monto de Bs1.000, sin
perjuicio de denuncia penal correspondiente ante el Ministerio Público por la comisión de delitos contra la salud pública.

– Los conductores de los vehículos que incumplan con lo señalado en el presente Decreto Supremo y que no cuenten con autorización para la circulación, serán pasibles al secuestro de sus vehículos hasta la conclusión de la cuarentena total y sujeto de arresto de ocho 8 horas.  Adicionalmente, los conductores de los vehículos serán pasibles a una multa pecuniaria de Bs 1500.

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