Familiares extranjeros no residentes y que sean parientes directos de los ciudadanos argentinos, podrán ingresar transitoriamente al país vecino, mientras no requieran visado por acuerdos bilaterales, así lo dispuso el Gobierno del país.
Mediante la resolución de la Dirección Nacional de Migrantes de Argentina, estableció que los extranjeros deberán complementar la “Declaración Jurada Electrónica para el ingreso al Territorio Nacional”, días antes del viaje programado. Además deberá adjuntar la prueba rápida del diagnóstico del coronavirus (PCR) con resultado negativo.
También deberán ser acreditados ante la aerolínea o el paso fronterizo internacional, presentando el certificado de nacimiento, certificado de matrimonio y una copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) de su familiar, para poder verificar el parentesco directo del visitante.
Así mismo deberá presentar una solicitud explicando el motivo de la visita, lugar del hospedaje temporal y la fecha de partida y regreso del viaje.