jueves 07 de marzo, 2024
La Octava
Jueves 07 de Marzo, 2024
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La OEA una dama reina en el tablero geopolitíco americano

Yaros Kafka

LA OEA, antes conocida como la Unión Internacional de las Repúblicas Americanas (1890) o como La Unión Panamericana (1910), ha cambiado varias veces de lock hasta su afincamiento internacional representativo en 1948 bajo la tutela de los United States de la época de post guerra. Quienes, con su marcada objetividad de nuevo Ente Hegemónico, asentaron su presencia definitiva en el nuevo mapa geopolítico mundial-regional.
Basada en principios de Unidad, Libertad y Democracia, La OEA es un ente aglutinador y conciliador de las Relaciones Internacionales de sus PAISES miembros del Continente Americano. Creado con el objetivo de ser un foro político para la toma de decisiones, el diálogo multilateral y la integración de América.
Organismo que tiene como propósito y lo cito de su mismo texto:

  1. a) Afianzar la Paz y la seguridad del Continente;
  2. b) Promover y consolidar la democracia representativa dentro del respeto al principio de NO INTERVENCIÓN;
  3. c) Prevenir las posibles causas de dificultades y asegurar la solución pacífica de las controversias que surjan entre los Estados Miembros;
  4. d) Organizar la acción solidaria de éstos en caso de agresión;
  5. e) Procurar la solución de los problemas políticos Jurídicos y económicos que se susciten entre ellos;
  6. f) promover, por medio de la acción cooperativa, su desarrollo económico, social y cultural;
  7. g) Erradicar la pobreza crítica, que constituye un obstáculo al pleno desarrollo democrático de los pueblos del hemisferio, y
  8. h) Alcanzar una efectiva limitación de armamentos convencionales que permita dedicar el mayor número de recursos al desarrollo económico y social de los Estados miembros.

(Carta de la Organización de los Estados Americanos [OEA], 1967, art. 2)
LA OEA, organismo al que el Estado Plurinacional de Bolivia se encuentra afiliado y que es presidida en la actualidad por el Sr. Luis Almagro, ha jugado en los últimos años en el tablero Geopolítico internacional como una pieza (Dama Reina) fundamental en la toma de decisiones, espacios y relaciones de Poder, acentuando una gran polémica en la actualidad por el rol que desempeña esta institución como ente Supra Estatal.
Bastante cuestionada e increpada de un lado y del otro por los actores de Poder, hoy en día se encuentra posicionada como un Ente que tiene un aire claramente Político-Paternalista más allá de su carácter conciliador, tal cual lo vemos en los últimos años en su participación en la demanda y resolución de conflictos internos, sobre todo en Países con Gobiernos No Alineados de tendencias progresistas, a las normalizadoras políticas que manda las decisiones de interés de la pieza Rey.
En relación a lo indicado, podemos referirnos de manera ejemplificadora la carta enviada por la OEA en fecha 15 de marzo del presente (con cite, C-022/21), dirigida al Estado Plurinacional de Bolivia.
En la cual podemos resaltar un intento de instituir de manera imperativa temas de agenda esencialmente de carácter jurídico-político que deben ser tratados bajo sus condiciones de tutela, participación y directriz.
Mencionan muy brevemente a la ONU, pero no se olvidad de mencionar a actores Políticos como Samuel Doria Medina, Carlos Mesa y Tuto Quiroga, que tuvieron un rol protagónico en los eventos que se suscitaron en las Elecciones Presidenciales de octubre de 2019, el supuesto Fraude Electoral, la renuncia del ex Presidente Evo Morales y la posterior toma del poder de manera defecto de la ex mandataria Jeanine Áñez.
Teniendo como principio intrínseco de soberanía e independencia, la NO INTERVENCIÓN expresado en el inciso b) del Articulo 2.- de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, es la base fundamental en la constitución del relacionamiento de este Ente Supra Estatal con sus Países Miembros.
Y también podemos resaltar que en el mismo tampoco existe alguna mención, texto, frase, inciso o artículo que indique como principio de acción y/o propósito el de promover iniciativas judiciales o recomendar acciones como ente independiente a las decisiones de cada Estado.
…Si ven la necesidad imperiosa de juzgar en Cortes Internacionales a un ex Presidente democráticamente elegido como lo fue el señor Evo Morales y entre medios involucrar al Estado Boliviano en relación a conformar una comisión internacional en el marco del sistema de la OEA y de la ONU para investigar casos de corrupción a so pretexto de defensión de la ex mandataria que fue aprehendida para la investigación de sus acciones en la toma de espacios de poder y su asentamiento en 2019, y posterior Juicio de Responsabilidades por los actos dolos que cometió su gobierno en 2020, tratando de suavizar su mensaje imperativo indicando que “incluyendo obviamente el último periodo”, esa no es su función o tarea, objetivo conciliador o espacio juridireccional de las relaciones internacionales de sus países miembros.
El ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA no es Evo Morales, por si existe algún confusión o malentendido de rol de actores.
Por tanto, el emitir un comunicado al Estado Plurinacional de Bolivia con clara mención a la figura pública de un ex Presidente y no mencionar con nombre y apellido a una ex mandataria que ejerció el poder de manera defecto y es el sujeto en cuestión, tienen un tinte y carácter político e intervencionista evidentemente autoritario, que crea un conflicto de intereses que desprestigiada la función de ente Supra-Estatal Conciliador que debe ser la OEA.
….Que quieren llevar o remitir las denuncias de MANERA DIRECTA a la Corte Internacional de Justicia sobre eventuales crímenes de lesa humanidad sucedidos en el periodo del Gobierno defacto de la señora Añez, para que ahí sean juzgados con imparcialidad y atendiendo a variables objetivas de responsabilidad.
Es una total falta de respeto a nuestra institucionalidad democrática y constitucional, al considerar de irrelevante a uno de los cuatro poderes establecidos en nuestra Constitución Política del Estado como lo es el Órgano Judicial.
Todos o cualquiera puede y podemos decir que la Justicia en Bolivia es pésima, malísima y que desde siempre desde los inicios de los inicios de los tiempos no fue eficiente y tiene muchas carencias.
Pero funcionalmente y constitucionalmente hablando es el PODER LEGITIMO-LEGAL que lleva las riendas de los actos y hechos materiales jurídicos del Estado, quien en relación a su jurisdicción y competencia debe demandar, interpelar, investigar, resolver, juzgar y ejecutar decisiones en aras del poder que sustenta ante los hechos de violaciones de la ley y legalidad establecida en el país.
Uno no puede ser idealista y juega con la baraja que le tocó del maso, a tal motivo no podemos defenestrar y dejar que otros externos ponga en ridículo internacional como incompetente a nuestro aparato judicial ya que conllevaría al caos y desconocimiento de toda la organización legal que sustenta nuestro país.
Está, es otra marcada injerencia por parte de la OEA, quienes están en la libertad que les faculta el derecho internacional de opinar y de decir que sí es malo nuestro sistema de justicia y que se recomienda que se obre de manera transparente en marcado apego a la legalidad (Como si en otros países fuera la luz de la providencia).
Pero no pueden decir que no se tome en cuenta a nuestro sistema judicial y que saltemos pasos procesales y procedimentales por encima de este poder constituido y vayamos directamente a un Tribunales de justicia internacional sin agotar nuestras instancias previas de resolución y que se encuentra bajo su jurisdicción.
La injerencia en temas de carácter interno en relación a la violación de leyes y normas constitucionales que deben ser atendidas bajo el principio de legalidad y que nos competen a los Bolivianos no puede ser permitido, y debe ser demandada ante las instancias correspondientes para exigir una rectificación y  ajuste de posición conforme a la normativa de la Carta de Organización de los Estados Americanos, caso contrario se deben analizar las medidas a tomar para garantiza nuestra completa independencia y soberanía en decisiones de carácter interno en nuestros países.
No se puede confundir el rol de la OEA
(…) La Organización de los Estados Americanos no tiene más facultades que aquellas que expresamente le confiere la presente Carta, ninguna de cuyas disposiciones la autoriza a intervenir en asuntos de la JURISDICCIÓN interna de los Estados miembros. (Carta de la Organización de los Estados Americanos [OEA], 1967, art. 1)
BIBLIOGRAFÍA:

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