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    Comité Cívico de Santa Cruz rechaza decreto presidencial 4461

    Hoy dieron a conocer los del Comité Cívico de Santa Cruz un rechazo total sobre el perdón del Estado, sobe aquellas personas que protagonizaron el bloqueo de caminos ocurridos en el año 2019 al 2020 en los meses de octubre y noviembre.

    Explicaron que el gobierno de Luis Arce pretende “liberar de culpa a los acusados de terrorismo como Facundo Molares”, quien pretenden que fue un miembro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).

    Lo que no pueden aceptar es el decreto, este mismo indica que “liberará a Evo Morales del mega fraude, la mayor ofensa que se le puede hacer a la democracia”.

    Datos sobre el Decreto presidencia 4461, medida que se toma para descongestionar los recintos penitenciarios

    “Que ante la amenaza de una segunda ola de contagios por Covid-19, el Gobierno nacional considera necesario adoptar medidas de prevención en los centros penitenciarios del país, disponiendo la concesión de la amnistía e indulto sobre la base de criterios objetivos en el marco de los principios de protección a la vida y la salud de los conciudadanos que se encuentran restringidos en su derecho a la libertad”, establece la norma.

    La Resolución 1-20 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “Pandemia y Derechos Humanos en las Américas” recomendó “adoptar medidas para enfrentar el hacinamiento de las unidades de privación de la libertad, incluida la reevaluación de los casos de prisión preventiva para identificar aquéllos que pueden ser convertidos en medidas alternativas a la privación de la libertad, dando prioridad a las poblaciones con mayor riesgo de salud frente a un eventual contagio del Covid-19”.

    La finalidad de la normativa es “resguardar la vida, la salud y la integridad de las personas, por el incremento de contagios de Covid-19 y ante el hacinamiento de los centros penitenciarios del país”.

    El beneficio llegará a personas que hayan cumplido 15 años con proceso penal en curso sin haber recibido sentencia condenatoria ejecutoriada; personas cuyo tiempo de permanencia en el recinto carcelario con detención preventiva sea mayor al de la pena estipulada para el delito del que se las acusa. fuente: Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional.

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