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Nueva norma del SIN abre la puerta a la anulación extemporánea de facturas

El procedimiento estará disponible para quienes acrediten causas justificadas con documentación de respaldo.

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) habilitó un procedimiento excepcional para que los contribuyentes soliciten la anulación de facturas fuera del plazo establecido, siempre que presenten documentación que justifique la petición. La medida fue aprobada mediante la Resolución Normativa de Directorio (RND) 102600000025.

Si el contribuyente aún no presentó su Declaración Jurada, podrá realizar la solicitud en la Gerencia Distrital o GRACO de su jurisdicción y recibir atención el mismo día. En caso de que la declaración ya haya sido presentada, deberá remitir una nota con la documentación de respaldo, cuya aprobación o rechazo será comunicada mediante Resolución Administrativa en un plazo máximo de seis meses.

El SIN aclaró que la anulación fuera de plazo no es automática y que la aprobación de la solicitud no limita futuras acciones de control o fiscalización. Además, informó que las facturas emitidas antes de la vigencia de la nueva normativa podrán acogerse a este procedimiento hasta el 30 de noviembre de la presente gestión.

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