Iván Lima, ministro de justicia, justificó la restitución Eduardo del Castillo, puesto que -según él- no está vigente la Ley 1350, que regula la censura, por orden de la Sentencia Constitucional 020/2023.
Lima señaló que el ordenamiento jurídico de la Ley 1350 no está vigente desde abril de este año, luego de que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió una sentencia en la que califica de inconstitucionales algunos artículos de la norma y exhorta al Legislativo a adecuarlas.
Lima resaltó la declaratoria de inconstitucionalidad del artículo 4 de la Ley 1350 que ordena: “I. La Presidenta o el Presidente del Estado, no podrá designar como Ministra o Ministro a la ciudadana o ciudadano que hubiera sido censurada o censurado por la Asamblea Legislativa Plurinacional, en los tres (3) años posteriores a su destitución.