La disposición deja sin efecto una contravención de 250 UFVs que se aplicaba a importadores por omisiones o errores en la información declarada.
La Aduana Nacional eliminó la sanción de 250 UFVs que se aplicaba por errores u omisiones en la descripción detallada de mercancías consignadas en la Declaración Andina del Valor (DAV). La medida fue establecida mediante la Resolución de Directorio 01-066-26, de fecha 4 de septiembre de 2026, que deja sin efecto el inciso a) de la Contravención 17.16.
La decisión responde a un análisis técnico y jurídico del Sistema Único de Modernización Aduanera (SUMA) y del proceso de despacho de importación. La entidad explicó que una misma observación podía generar anteriormente dos sanciones, una en la DAV y otra en la Declaración de Mercancías de Importación (DIM).
La Aduana aclaró que el control sobre la correcta descripción de las mercancías se mantiene mediante la DIM, documento en el que el declarante asume responsabilidad por la información técnica y comercial de la importación. La medida busca reducir costos de cumplimiento y fortalecer la seguridad jurídica, transparencia y confianza entre la administración aduanera y los operadores de comercio exterior.